Para los colegiados/as en situación de desempleo que deseen beneficiarse de la bonificación de la cuota colegial es necesario enviar o presentar en la sede colegial la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud de bonificación de la cuota para colegiados en situación de desempleo.
  • Acreditar documentalmente el periodo de situación de desempleo, mediante la vida laboral en la que figuren los periodos a liquidar.
  • Justificante de la liquidación de las cuotas colegiales que hayan sido devengadas hasta la fecha de la solicitud formulada por escrito en la sede colegial.

La situación de desempleo será revisada por el colegio cada semestre, y si el colegiado no presenta la documentación acreditativa, el colegio entenderá que se ha reincorporado al mundo laboral.

Una vez presentada la solicitud el colegio bonifica el 50% del periodo en que el colegiado/a ha estado en situación de desempleo.

Las bonificaciones se liquidan semestralmente.

  • Primer semestre a partir del 1 de julio.
  • Segundo semestre a partir del 1 de enero.